La ley de la Sharia reconoce la infidelidad conyugal y la infidelidad religiosa como delitos punibles con la muerte, tradicionalmente por lapidación. El Qu'ran en su forma moderna no estipula el castigo por estos crímenes, pero la ley de la Sharia también reconoce los hadices, las citas de Muhammad, como una autoridad en este asunto.
La infidelidad marital se menciona en el Corán 24: 2 como punible con 100 latigazos. Sin embargo, hay varios ejemplos en los hadices de Mahoma que ordenan que los adúlteros y fornicarios sean apedreados hasta la muerte. Existe controversia entre los eruditos islámicos en cuanto a qué castigo es apropiado; algunos eruditos solo reconocen el mandamiento de Qu'ran de azotar, mientras que otros aceptan que la lapidación fue ordenada por Muhammad y tiene un precedente en castigos similares que se encuentran en la Ley Mosaica de la Biblia. Sudán, Somalia e Irán han impuesto tales castigos.
La infidelidad religiosa es descrita como apostasía por los Qu'ran. El Corán define a un apóstata como una persona que ha aceptado la fe musulmana, pero luego rechaza o abandona la religión. Los hadices explican que a un apóstata se le da primero un corto período de tiempo para reconsiderar y potencialmente arrepentirse. Si el apóstata se niega, entonces se aplica el castigo. Si el apóstata es un hombre, lo condenan a muerte inmediatamente, mientras que una mujer apóstata es golpeada y encarcelada de por vida.